El año 2026 trae varios cambios normativos que afectan a las herencias abiertas a partir del 1 de enero. Aquí los más relevantes.
Actualización de los valores de referencia del Catastro
La base imponible de los bienes inmuebles en el impuesto de sucesiones se calcula sobre el valor de referencia catastral desde la reforma de 2022. En 2026, el Catastro ha actualizado estos valores con un incremento medio del 3,8 % respecto a 2025. Esto significa que heredar un inmueble puede costar un poco más en impuestos que el año pasado, incluso si el precio de mercado no ha variado.
Qué puedes hacer: Si consideras que el valor de referencia está sobrevalorado, puedes impugnarlo ante el Catastro. El procedimiento es gratuito pero requiere informe de tasación pericial.
Ampliación de la reducción estatal por empresa familiar
La reducción del 95 % en el impuesto de sucesiones para transmisión de empresa familiar se amplía en 2026 a negocios individuales con facturación de hasta 1 millón de euros en los que el fallecido tenía al menos el 50 % de participación y ejercía funciones de dirección. Antes el límite era 750 000 €.
Esta ampliación beneficia especialmente a pequeños negocios hosteleros, comercios y explotaciones agrarias.
IRPF: ganancia patrimonial en adjudicaciones no proporcionales
La Dirección General de Tributos ha aclarado en varias consultas vinculantes de 2025 que cuando en una herencia se adjudica un bien por un valor superior al que correspondería al heredero por su cuota, se produce una ganancia patrimonial sujeta a IRPF. Esto afecta especialmente cuando un heredero se queda con un inmueble pagando en metálico al resto.
Ejemplo: tres herederos con partes iguales, inmueble valorado en 300 000 €. Un heredero se queda el inmueble pagando 100 000 € a cada hermano. Si el notario recoge que el inmueble se adjudica por 300 000 € y el heredero paga más de lo que le corresponde, los otros dos tienen ganancia patrimonial que tributa al tipo del ahorro (19-30 %).
Plazo de prescripción de la administración
La Agencia Tributaria tiene 4 años para revisar la liquidación del impuesto de sucesiones desde que presentaste la autoliquidación. Si no presentaste en plazo, el plazo de prescripción se computa desde que la administración tuvo conocimiento del hecho. Conserva todos los documentos de la herencia al menos hasta que transcurra este periodo.
Próximos cambios previstos
El Ministerio de Hacienda tiene en tramitación un proyecto de ley para armonizar mínimamente el impuesto de sucesiones entre comunidades autónomas, fijando un tipo mínimo efectivo del 1 % para transmisiones entre familiares directos. Su aprobación es incierta dada la composición parlamentaria actual, pero conviene seguirla si heredas en una comunidad con bonificaciones totales como Madrid o Andalucía.