Los primeros días tras la pérdida de un familiar son los más difíciles emocionalmente, pero también los que concentran más trámites urgentes. Esta guía te ayuda a no olvidar nada.
Semana 1: documentos imprescindibles
1. Certificado de defunción
Lo expide el Registro Civil del municipio donde ocurrió el fallecimiento. Puedes solicitarlo en línea en la sede judicial electrónica si el fallecimiento es reciente. Solicita varios originales (necesitarás uno para cada trámite importante).
2. Certificado de últimas voluntades
Este documento acredita si el fallecido otorgó testamento y ante qué notario. Se solicita al Ministerio de Justicia (sede electrónica o correo postal) transcurridos 15 días hábiles desde el fallecimiento. Coste: 3,78 € por certificado.
3. Certificado de contratos de seguros de vida
El mismo formulario del Ministerio de Justicia incluye la consulta al Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento. Así sabrás si el fallecido tenía algún seguro de vida y a qué aseguradora reclamar.
Semana 2: banco y suministros
Notificar al banco
Informa a la entidad del fallecimiento con el certificado de defunción. El banco bloqueará las cuentas para disposición individual pero seguirá cargando domiciliaciones. Asegúrate de que los gastos corrientes del hogar (hipoteca, luz, teléfono) estén cubiertos.
Cargos automáticos
Revisa los recibos domiciliados. Algunos proveedores permiten el cambio de titular por vía telefónica con el certificado de defunción; otros requieren trámite presencial.
Inventario preliminar
Haz una lista de los bienes que conoces: inmuebles (con referencia catastral), vehículos (con matrícula), saldos bancarios aproximados, inversiones, deudas conocidas. No necesitas tasaciones aún; solo un primer inventario para tener el cuadro completo.
Semana 3–4: seguros y pensión de viudedad
Seguros de vida
Contacta a la aseguradora indicada en el certificado del registro de seguros. El plazo para reclamar la indemnización varía según la póliza, pero generalmente es de 5 años; no hay urgencia, pero es mejor gestionarlo pronto.
Pensión de viudedad
Si el fallecido era trabajador por cuenta ajena, el cónyuge o pareja de hecho puede solicitar la pensión de viudedad en la Seguridad Social. No hay un plazo legal estricto, pero la retroactividad es de 3 meses si se solicita pasados esos 3 meses desde el fallecimiento.
Ayuda por fallecimiento
Si el fallecido tenía trabajadores a su cargo, los empleados pueden tener derecho a indemnización por extinción del contrato. Consulta con un asesor laboral.
Lo que no corre prisa (pero no olvides)
- Cambio de titularidad del vehículo: plazo 30 días hábiles desde la adjudicación en escritura.
- Registro de la propiedad: tras la escritura de herencia, inscribir los inmuebles a nombre de los herederos.
- Hacienda local: cambio de titularidad en el IBI una vez inscrito el inmueble.
El plazo que sí es urgente: el impuesto
Tienes 6 meses desde el fallecimiento para presentar el impuesto de sucesiones. Es el plazo más corto y el que más olvidan las familias. Si no lo cumples, se generan recargos del 5 % al 20 % más intereses de demora. Pide la prórroga antes de que expiren los primeros 5 meses si necesitas más tiempo.
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